Publicar contenidos, una foto, un video, una ilustración o un texto en Instagram, TikTok o YouTube no los vuelve “de libre uso”. En Colombia, el derecho de autor protege la forma concreta de expresión (imagen, guion, edición, copy), no la idea general. El incentivo económico también empuja el riesgo: la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico reportó que en 2025 el comercio electrónico alcanzó $145,4 billones en ventas y 684,6 millones de transacciones, un ecosistema donde una sola pieza de contenido puede mover ventas o seguidores en horas.
El marco legal es claro. La Ley 23 de 1982 reconoce derechos patrimoniales (explotación y monetización) y derechos morales (paternidad e integridad, entre otros). Por eso, aunque usted publique en abierto, nadie puede reproducir su obra, transformarla o usarla para promocionar productos sin autorización. “El mito más costoso es creer que por estar en internet todo se puede copiar; la publicación no es una renuncia”, advierte Wilson Ríos, Decano Facultad de Derecho y docente de la Especialización virtual en Derechos de Autor, Propiedad Industrial y Nuevas Tecnologías de Areandina. Además, atribuir al autor no reemplaza el permiso cuando hay uso comercial, adaptación, puesta a disposición, o reproducción total.
Con ese punto de partida, estas recomendaciones sirven para creadores, artistas y emprendedores digitales.
“En una disputa, la evidencia pesa más que la indignación: quien demuestra proceso y fecha negocia mejor”, dice Ríos.
Pruebas, reporte en la plataforma y conciliación: la ruta para recuperar control
Si detecta copia, actúe en tres frentes. Primero, documente: capturas completas (usuario, fecha, texto y métricas visibles), enlaces y evidencia de uso comercial (anuncio, catálogo, link de compra), las copias bit to bit o espejo son lo ideal. Haga un comparativo lado a lado entre su publicación y la copia. Segundo, reporte por copyright dentro de la plataforma con su formulario de “notice and takedown”, adjuntando prueba: archivo original, enlace a su publicación, borradores o registro. Tercero, envíe un “cese y desista” breve: pida retirar el contenido, identifique si fue replicado en otras cuentas y solicite confirmación escrita de no reutilización. Si hubo monetización, proponga una licencia retroactiva o compensación.
Fortalezca su posición antes de que ocurra. Use marcas de agua discretas, créditos incrustados, metadatos y en general DRM, y versiones en baja para portafolios, sin sacrificar calidad en el material que sí vende. Si su obra es clave (cursos, plantillas, fotos, música), valore el registro en la DNDA: la entidad indica que, tras radicar la solicitud y si cumple requisitos, el certificado se obtiene pasados 15 días hábiles. También puede publicar con licencias claras (por ejemplo, Creative Commons) cuando quiera permitir ciertos usos, como compartir con atribución, sin fines comerciales o sin obras derivadas.
¿Cuándo escalar? Si hay lucro, reincidencia o daño a su reputación, pruebe conciliación extrajudicial y, si no funciona, acuda a la justicia ordinaria o a la DNDA, que ofrece conciliación y, en ciertos asuntos, funciones jurisdiccionales. Lleve un expediente con cronología, pruebas, comunicaciones y respuestas. “Conciliar no es rendirse: es cerrar el conflicto con un acuerdo verificable; si falla, usted ya tiene el caso armado”, concluye Ríos.
En tiempos de inteligencia artificial, documente su aporte humano: selección, dirección creativa, edición y montaje. Guarde prompts y versiones, y publique con consistencia: su mejor defensa sigue siendo un proceso demostrable.
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