Por Juan Guillermo Romero

Después de conocer el planteamiento del Director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, al decir que el daño cuantificado a mediados de 2017 para las consultas populares que dicen NO a la minería y el petróleo es de 230 mil millones de pesos, el efecto que han tenido estas determinaciones sobre la credibilidad del país como receptor de inversión extranjera, por el costo de las indemnizaciones, las pérdidas económicas de las regiones y el aumento del desempleo presentan una realidad para hacer balances.

SABE QUÉ SIGNIFICA DECIR ¿NO A LA MINERÍA?

Julio César Vera Díaz, presidente de la Asociación Colombiana de Ingenieros de Petróleos reiteró su pronunciamiento en un comunicado al decir que “las consultas populares municipales contra el petróleo y la minería, equivalen a habernos pegado un tiro en cada pierna.

Dijo además que en cada pleito de arbitraje internacional, iniciado por una empresa extranjera afectada, el Estado gasta 4 millones de dólares en solo honorarios legales.

“Justo seis días después de la Audiencia en la Corte Constitucional, nos presentan demanda arbitral internacional las mineras Galway Gold Inc y Red EagleExploration Limited, ambas de Canadá”, denunció.

ACIPET  entregó  un  escrito  de  complemento  ante  la  Corte Constitucional, en el que se reitera que las presentaciones en audiencia reafirman los argumentosplasmados en sus acciones de tutela contra las consultas populares anti-hidrocarburos.

En el comunicado a los medios de comunicación y al público en general Acipet también agregó que “hoy se tienen dos soluciones jurisprudenciales distintas pareresolver el conflicto entre estado unitario y autonomía regional: una que obliga a concertar; y otra que permite adelantar una consulta popular argumentando la organización del territorio o alguna prevención medioambiental”.

“Mientras la decisión de exequibilidad de las leyes siguen una ruta, las revisiones de la pregunta en Tribunales administrativos siguen otra, sentencia que decidió unatutela contra la sentencia de uno de estos tribunales sobre la pregunta de una consulta popular”, se mencionó en una de las tutelas puestas por la agremiación de ingenieros del petróleo.

Otra situación que se presenta es que cuando se aprueba una consulta para votar SÍ o NO a los hidrocarburos y minería,  se amplían las competencias de  la Ley 136 .

Una desigualdad encontrada también es que la Constitución permite las industrias extractivas y prescribió los servicios públicos domiciliarios de energía y gascombustible.

La Asociación también manifestó “que la Leyes estatutarias fijan la competencia municipal para consultas populares sobre temas de índole únicamente local, pues si el tema tiene índole regional, la consulta popular debe ser regional; y si el tema tiene índole nacional, la consulta popular debe ser nacional”.

Luego el NO a estas industrias por consulta popular municipal, se convierte en algo que parecido  a       una  inexequibilidad  geográfica         o    regional  de   la   Ley,  lo que conllevaviolación masiva de derechos irrenunciables, entre ellos, el derecho a la energía,  que va  de  la  mano con el derecho al agua potable (T-761/15), vínculo que permitiría incluso acudir a las fuentes de energía no renovables para proteger las fuentes hídricas y el medio ambiente, por paradójico que parezca.

Con todas las manifestaciones anteriores, ACIPET concluyó que se está frente a los supuestos de  un Estado de Cosas  Inconstitucional.

DECISIONES DIVIDIDAS

Al señor Alcalde de Cumaral, Meta, también le manifestaron que “son irrenunciables los derechos de todos los colombianos a la energía, los servicios públicos, la progresividad de nuestros derechos, y los demás que se financian con las regalías…!”

Durante la audiencia ante la Corte Suprema de Justicia, el alcalde de Cumaral manifestó que sus derechos sobre las regalías son irrenunciables. Desde estas líneas,ACIPET le respondió al Alcalde que tampoco son renunciables los derechos de todos los colombianos que se derivan y financian con las industrias extractivas.

Por su parte, Ecopetrol, el Ministerio de Minas y Energía, la Agencia Nacional de Minería y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE), manifestaron inconformidad con algunas sentencias,  solicitando su revisión.

“Es importante estar pendientes de estas decisiones y lo hacemos como institución asesora de la minería”, concluyó.

 




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