La reciente Sentencia T-241 de 2026 de la Corte Constitucional de Colombia ha puesto el foco en una industria que crece sin freno pero que, hasta ahora, había operado en una zona gris legal. El fallo, que surgió del caso de una mujer identificada como Mariana, cuya historia fue difundida en un pódcast durante más de un año sin su consentimiento y pese a su solicitud de eliminación, establece un precedente claro: los creadores de contenido deben obtener autorización previa, libre e informada antes de utilizar la imagen o información personal de terceros . La Corte también recordó que el consentimiento es revocable en cualquier momento, y advirtió que la falta de regulación específica no exime de responsabilidad .

Este pronunciamiento llega en un momento crucial para el ecosistema digital colombiano. Se estima que entre 83.000 y 500.000 personas participan activamente como creadores de contenido en plataformas como TikTok e Instagram, y el sector genera un impacto económico que supera los 230 mil millones de pesos . La industria del marketing de influencers en América Latina alcanzará los 1,12 billones de dólares en 2024, según Statista, lo que subraya la urgencia de contar con reglas claras que protejan tanto a los creadores como a las personas que aparecen en sus contenidos .

Desde Xharla, agencia experta en influencer marketing y organizadora del Influencer Latam Summit, y Cafore, bufete de abogados con amplia trayectoria en litigio, coinciden en que el fallo de la Corte es una oportunidad para profesionalizar la industria. Marito Pino, Director de Xharla y del Influencer Latam Summit, ha señalado en múltiples ocasiones que la colaboración transparente es la nueva moneda de cambio en un ecosistema que exige resultados, no solo alcance . Precisamente, el Influencer Latam Summit nació con el objetivo de promover la profesionalización del sector, ofreciendo espacios educativos donde se abordan temas como la ética en redes sociales, la transparencia en las colaboraciones y el cumplimiento de las normativas legales . «El encuentro busca transparentar la información para que la industria crezca con mejores lineamientos», ha explicado Pino .

Fabio Castro Forero, Director General de Cafore, abogado con más de 10 años de experiencia en litigio penal, civil y comercial, y con estudios de posgrado en Derecho Penal y Sociología Jurídica, enfatiza que la sentencia T-241 de 2026 refuerza el derecho a la intimidad y al buen nombre consagrado en el Artículo 15 de la Constitución. «La Corte ha sido clara: el ejercicio de la libertad de expresión en redes tiene límites. El consentimiento debe ser previo, libre e informado, y su revocación debe ser respetada de inmediato. No basta con un ‘sí’ en una conversación; se requiere un mecanismo claro que garantice que la persona conoce el alcance del uso de su información», señala Castro. En este sentido, recuerda que la Superintendencia de Industria y Comercio ya investiga a influencers por publicidad engañosa, con multas que pueden alcanzar los 2.320 millones de pesos .

Tanto Marito Pino como Fabio Castro coinciden en que el fallo de la Corte no es una amenaza, sino una oportunidad para construir una industria más sólida y confiable. «Estamos en un punto de inflexión. El crecimiento explosivo debe ir acompañado de responsabilidad y de medición significativa», afirmó Pino en una reciente entrevista . Por su parte, Castro añade: «La ausencia de leyes específicas no es excusa. La Constitución ya nos da el marco; ahora es momento de que creadores, marcas y agencias adopten prácticas que protejan la dignidad de las personas que confían en ellos para contar sus historias».

Xharla y Cafore hacen un llamado a toda la industria a sumarse a este proceso de profesionalización. En palabras de Marito Pino: «Hoy en día, vivimos en una época de inmediatismo, pero esa prisa a veces nos aleja de crear cosas duraderas y relevantes a largo plazo. Necesitamos frenar, reflexionar y pensar en proyectos que aporten valor más allá de las tendencias momentáneas» . Fabio Castro concluye: «El mensaje es ineludible: la informalidad y la desprotección de derechos fundamentales tienen los días contados. Quien no se adapte, quedará expuesto a consecuencias legales y reputacionales graves».

Esta sentencia no es un hecho aislado. La Corte ha sido clara al recordar el alcance del Artículo 15 de la Constitución Política de Colombia, que protege la intimidad personal, el buen nombre y consagra el derecho fundamental al hábeas data . En palabras de la propia Defensoría del Pueblo, los datos personales hacen parte de la esencia de la identidad y la dignidad de una persona, y solo su titular puede autorizar su uso . Este principio, que ya era ley, ahora se aplica con toda su fuerza al ecosistema digital.

Y Colombia no está sola en este camino. El fallo se alinea con una tendencia global imparable hacia la regulación de la influencia digital. Francia, por ejemplo, es pionera con su Ley de Regulación de la Influencia Comercial de 2023, que establece deberes claros, como la necesidad de un contrato escrito, y sanciones para quienes incumplan.

En la región, vemos proyectos similares: en Brasil se debate un proyecto de ley para exigir cualificación técnica en la promoción de temas sensibles, con multas que pueden alcanzar los 50.000 reales ; en Chile, una moción busca crear un estatuto para proteger a los creadores de contenido, regulando sus relaciones con plataformas y marcas ; y en México, ya se discuten iniciativas para garantizar la transparencia en la publicidad pagada . El mensaje es contundente: la informalidad y la falta de claridad en el mundo de los creadores de contenido tienen los días contados, y la protección de la dignidad humana es el nuevo estándar global.

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